Normalmente es necesario tener registrado el N.I.F. del cliente/proveedor al registrar una factura de compras/ventas.
Esto es necesario para poder presentar los correspondientes libros de facturas emitidas/recibidas, y/o poder realizar el modelo 347.
Nota:
En caso que la factura sea de exportaciones/importaciones, no se pide en ningún caso la obligatoriedad del N.I.F. en la ficha del cliente/proveedor.