Una remesa de cesión de crédito, es un tipo de remesa de cobro, y básicamente funciona de igual forma que las remesas de cobro de adeudo directo.
La diferencia está en que la entidad bancaria nos abonará el importe de la remesa en la fecha acordada, descontando este importe de nuestra línea de crédito, mientras queda a la espera de realizar el cobro a nuestros clientes.
Para poder llevar a cabo una remesa de cesión de crédito, debemos autorizar este tipo de remesa con nuestra entidad bancaria.
Nota:
Es recomendable que consulte el documento de Remesas de cobros previamente, ya que el contenido de este documento está relacionado. Para más información: Remesas de cobros
Nota:
Si disponemos de varias cuentas de tesorería con línea de descuento, debemos indicar una subcuenta de efectos descontados distinta para cada una de ellas.
RECUERDE QUE ...
Para poder realizar operaciones de remesas, antes deberemos habilitar y configurar las cuentas de tesorería para realizar dichas remesas bancarias. Para más información sobre las operaciones de remesas habilitadas para cuentas de tesorería, consulte el siguiente enlace: Operaciones de remesas habilitadas para cuentas de tesorería
IMPORTANTE:
El día que indicamos en la remesa como "Fecha abono", es el día en que la entidad bancaria nos ingresará el importe de la remesa.